El nuevo marco del Impuesto Mínimo Global, conocido como Pilar 2, representa un paso histórico hacia una cooperación internacional más equilibrada. Tras el acuerdo de la OCDE/G20, 147 jurisdicciones adoptan un tipo mínimo del 15% en cada territorio, garantizando que las grandes corporaciones contribuyan de manera justa. Este sistema, activado entre 2026 y 2027, redefine las reglas del juego fiscal y plantea desafíos y oportunidades para compañías multinacionales, especialmente aquellas con presencia significativa en España.
Entendiendo el Impuesto Mínimo Global
El Impuesto Mínimo Global tiene como objetivo reducir la evasión y el traslado artificial de beneficios, asegurando una tributación efectiva mínima del 15% para grupos multinacionales con facturación consolidada superior a 750 millones de euros. Este esquema, fruto del acuerdo en el Marco Inclusivo OCDE/G20, incluye un régimen paralelo diseñado para las multinacionales de Estados Unidos y contempla simplificaciones que alivian las cargas de cumplimiento.
Gracias a esta iniciativa, las bases imponibles nacionales quedan protegidas, lo cual resulta clave para economías en desarrollo que anteriormente sufrían pérdidas de ingresos tributarios. Asimismo, se introducen sauvegardas para incentivos fiscales legítimos y se homogeneizan los criterios, contribuyendo a una mayor seguridad jurídica.
Implementación en España y su Impacto
España comenzó a adaptar su normativa en diciembre de 2023 y 2024, aprobando el Anteproyecto de Ley del Impuesto Complementario Mínimo Global (ICMG), vigente desde el 1 de enero de 2024. La primera declaración se presenta antes del 25 de julio de 2026 para ejercicios anuales naturales, lo que exige a los grandes grupos una revisión exhaustiva de sus estructuras y procedimientos.
Este mecanismo afecta a corporaciones nacionales y multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros, obligándolas a garantizar un tipo efectivo mínimo del 15% en cada jurisdicción donde operen. El sistema opera sobre una base de ganancias ajustadas y costes por sustancia económica, permitiendo que inversiones reales en salarios y activos se reflejen en el cálculo final.
Sistemas de Puertos Seguros y Transición
Durante el periodo transitorio de 2024 a 2026, se aplican puertos seguros que eximen a ciertos grupos si superan al menos uno de los siguientes tests en cada jurisdicción:
A partir de 2026, finalizan estos puertos seguros y entra en vigor el sistema general riguroso y detallado, exigiendo un análisis pormenorizado de beneficios ajustados e impuestos pagados para determinar el impuesto complementario.
Cálculo y Ajustes Clave
El cálculo del Impuesto Complementario se basa en el tipo efectivo, definido como la relación entre los impuestos cubiertos ajustados y las ganancias y pérdidas admisibles. Si el resultado es inferior al 15%, surge la obligación de aplicar un complemento que eleva el tipo efectivo hasta ese umbral.
- Costes fiscalmente ajustados por impuestos cubiertos: Gastos por impuesto de sociedades ajustados, con recalculo de diferidos al 15% y exclusión de deducciones diferidas.
- Ganancias y pérdidas admisibles: Parten de los resultados consolidados, excluyendo ingresos y gastos no imponibles.
- Ajuste por sustancia económica: Permite reducir la base imponible si se demuestra inversión real en personal y activos locales.
Este enfoque proporciona transparencia y protección frente a estrategias agresivas de planificación, a la vez que reconoce la importancia de la presencia física y operativa de las empresas.
Modalidades de Impuesto Complementario
Para asegurar la correcta recaudación, España contempla distintas modalidades de aplicación del impuesto:
- Impuesto Nacional sobre entidades españolas: Aplicable directamente a entidades españolas del grupo.
- Regla Primaria de pago centralizado: Obliga a la matriz última o intermedia a asumir el complemento por filiales ubicadas en jurisdicciones de baja tributación.
- Regla Secundaria o de Cierre: Se activa desde 2025 si la matriz última no cumple con un mínimo de consolidación, garantizando que no queden filiales exentas.
Estrategias de Optimización y Exenciones
Para maximizar beneficios y reducir cargas, las empresas pueden aprovechar varios mecanismos:
- Utilizar agrupaciones puramente domésticas exentas durante los primeros cinco períodos impositivos.
- Planificar una fase inicial internacional con un máximo de seis jurisdicciones y activos exteriores netos inferiores a 50 millones de euros.
- Incorporar gastos salariales y activos materiales en la fórmula de sustancia económica para disminuir el impuesto complementario.
- Aprovechar simplificaciones oficiales de la OCDE en el reporting y cálculo del impuesto para reducir costes de cumplimiento.
Desafíos y Preparación Empresarial
La entrada en vigor de este régimen plantea desafíos significativos. Las compañías deben revisar el Informe País por País, asegurando su consistencia y solidez; los estados financieros consolidados, aplicando los ajustes necesarios para el cálculo; y su capacidad de documentar de forma fehaciente su sustancia económica a nivel local.
Además, la implementación del impuesto secundario genera debate al aumentar la complejidad y los costes de compliance, por lo que es esencial anticiparse mediante procesos internos ágiles y coordinación internacional. Con el fin de los puertos seguros en 2026, las empresas deben contar con sistemas flexibles y actualizados que permitan adaptarse rápidamente a los requerimientos de información y pago.
Conclusión
El Impuesto Mínimo Global representa un hito ineludible en la fiscalidad del siglo XXI. Al establecer un tipo mínimo del 15% en cada jurisdicción, se avanza hacia una mayor estabilidad fiscal internacional sólida y se refuerza la seguridad jurídica para inversores. Las empresas que adopten una visión proactiva, inviertan en sustancia local y optimicen sus procesos de reporting estarán mejor posicionadas para enfrentar los nuevos retos y aprovechar las oportunidades de un entorno más equitativo.
La transición hacia este modelo exige compromiso, colaboración y un enfoque estratégico que integre la dimensión fiscal con la operativa diaria. Sólo así será posible construir un sistema tributario global más justo, transparente y sostenible.